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Reclamar la fianza del alquiler: guía 2026

Por Equipo RevisaTuContrato · Actualizado septiembre de 2026

Si el casero no te devuelve la fianza, puedes reclamarla: primero por escrito (y por burofax si no responde) y, si sigue sin pagarte, ante el juzgado. Según el art. 36.4 de la LAU, si pasa un mes desde que entregas las llaves sin que te la devuelvan, la fianza genera intereses legales hasta que te la restituyan.

¿Cuándo tiene que devolverte la fianza el propietario?

En un alquiler de vivienda, la fianza legal es de una mensualidad de renta en metálico (art. 36.1 LAU). El arrendador debe devolvértela al terminar el contrato, una vez has entregado las llaves y la vivienda está en el estado en que la recibiste.

El plazo de referencia es un mes desde la entrega de las llaves (art. 36.4 LAU). Pasado ese mes sin devolución, la cantidad se incrementa con el interés legal del dinero hasta el día en que te la paguen.

Además, muchas comunidades autónomas obligan al propietario a depositar la fianza en un organismo público. Si tu caso es en una de ellas, el justificante del depósito te ayuda a reclamar. Consulta nuestra guía sobre la devolución de la fianza para ver cómo funciona.

Qué puede descontar el casero (y qué no)

El propietario solo puede quedarse con parte de la fianza si lo justifica:

  • Rentas o gastos pactados que sigan pendientes de pago.
  • Daños en la vivienda que vayan más allá del desgaste normal por el uso.

Lo que no puede es descontar el desgaste ordinario que produce el paso del tiempo. Si el motivo es "está desgastado", tienes margen para reclamar. Más detalle en nuestro artículo sobre desgaste normal y daños.

Paso a paso: cómo reclamar la fianza

  1. Reúne las pruebas. El contrato, el justificante del pago de la fianza, el acta o las fotos del estado de la vivienda al entrar y al salir, y la prueba de la fecha de entrega de llaves (mensajes, acta de entrega o correo).
  2. Envía un requerimiento por escrito. Reclama el importe concreto, cita el art. 36.4 de la LAU y da un plazo razonable para pagar (10 días es lo habitual, es una práctica, no un plazo legal).
  3. Si no responde, usa el burofax. Certifica el contenido y la fecha de entrega, y es la prueba que necesitarás si acabas en el juzgado. Te lo explicamos en cómo reclamar la fianza por burofax.
  4. Vía judicial. Si sigue sin pagar, puedes demandar ante el juzgado de primera instancia del lugar donde está la vivienda (art. 52.1.7.º de la LEC), incluso aunque el contrato diga otra cosa.

Plazos e intereses de un vistazo

FasePlazoQué hacer
Entrega de llavesUn mes (art. 36.4 LAU)El casero debe devolver la fianza
Pasado ese mesDesde el día siguienteLa fianza devenga interés legal del dinero
Requerimiento por escritoPlazo razonable que fijes túReclama el importe y los intereses
Vía judicialConsulta el plazo para reclamar la fianzaDemanda ante el juzgado competente

Errores frecuentes

  • No dejar constancia de la entrega de llaves. Sin fecha probada, el mes del art. 36.4 no se puede acreditar.
  • Aceptar descuentos por teléfono o por WhatsApp sin factura. Pide siempre el motivo y su justificación por escrito.
  • No hacer fotos al entrar ni al salir. Es tu mejor defensa frente a una reclamación de daños.
  • Dejar pasar el tiempo. Cuanto más esperas, más difícil es reunir pruebas.

Si tienes tu contrato a mano, puedes ver qué dice sobre la fianza y si alguna cláusula incumple la LAU con nuestro análisis gratuito.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tiene el casero para devolverme la fianza?

La LAU (art. 36.4) prevé que, si pasa un mes desde que entregas las llaves sin que el arrendador te devuelva la fianza, la cantidad depositada empieza a devengar el interés legal del dinero hasta que te la devuelva.

¿Puedo reclamar intereses por la fianza retenida?

Sí. Según el art. 36.4 de la LAU, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves, la fianza devenga el interés legal del dinero hasta el momento de su restitución.

¿Qué puede descontar el casero de la fianza?

Solo lo que pueda justificar: rentas o gastos pendientes y daños que superen el desgaste normal por el uso. El paso del tiempo y el uso ordinario de la vivienda no son un motivo para quedarse con la fianza.

¿Necesito abogado para reclamar la fianza?

Depende de la cuantía reclamada y del procedimiento que corresponda. Antes de presentar la demanda conviene comprobar los límites vigentes para actuar sin abogado ni procurador.

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Contenido informativo, no sustituye el asesoramiento de un abogado colegiado.